Te contamos cuales son los pagos que no constituyen salario en Colombia
4 Enero 2024
En el intrincado mundo de las finanzas laborales en Colombia, comprender qué pagos no constituyen salario es esencial para empresas y empleados. En este artículo, Pluxee, antes Sodexo te invita a explorar a fondo esta temática, proporcionando una guía detallada sobre los pagos que no se consideran salario en el contexto colombiano.
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Los pagos no salariales que no constituyen salarios son claves en las finanzas y la planeación salarial de todas las empresas del país.
Especialmente para las Pymes o aquellas organizaciones que buscan algún alivio económico que les permita mantener el empleo de sus colaboradores y seguir creciendo.
Debemos aclarar, que constituye un salario, que a manera de resumen podemos concluir que los siguientes elementos son los que lo integran:
- Comisiones de cualquier tipo.
- Horas extras.
- Recargos nocturnos.
- Remuneración por trabajo dominical y festivo.
- Bonificaciones regulares.
- Viáticos permanentes por manutención y alojamiento.
Conocer a fondo este tema es importante principalmente por dos razones:
- Evitar sanciones o demandas laborales.
- Poder ahorrar costos laborales en el pago de nómina.
Todo gasto que se reduzca es una oportunidad para invertir en el crecimiento continuo de tu negocio. Por eso te presentamos todo lo que debes saber sobre los pagos que no constituyen salario.
Ahorra costos laborales en tu planeación salarial con los pagos no salariales
Empecemos con algo de contexto: el principal beneficio de un pago que no constituye salario es el hecho que no cuenta para el cálculo y desembolso de prestaciones sociales, aportes parafiscales y seguridad social.
Esto es un gran beneficio dado que reduce una carga económica notable que, según Gerencie, termina significando el 45% del salario del colaborador.
“Esto quiere decir que, si se le paga a un empleado un salario de $1.000.000, la empresa debe pagar aproximadamente $450.000 adicionales por prestaciones, seguridad social y parafiscales” explica la publicación.
Esto se traduce en una carga difícil de soportar para las Pymes, que no tienen la fortaleza financiera para contratar talentos que exigen sueldos elevados.
Lee también: Claves para dar bonificaciones laborales sin aumentar costos de nómina.
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¿Cuáles son los pagos que no constituyen salario en Colombia?
El artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo contiene la información clave que necesitas entender sobre el tema. Según el texto, “no constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador”. Esto se representa con:
- Primas.
- Bonificaciones.
- Gratificaciones ocasionales.
- Participación de utilidades.
- Excedentes de las empresas de economía solidaria.
¿En qué consisten las bonificaciones?
Se trata de recompensas que recibe el trabajador más allá del salario pactado. Estos pueden incluir las tarjetas y bonos, formas recomendadas de motivar a los empleados.
También se incluye lo que el colaborador recibe en dinero o en especie “no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones”, lo cual incluye:
- Gastos de representación.
- Medios de transporte.
- Elementos de trabajo y otros semejantes.
Cabe aclarar que los auxilios, beneficios o bonificaciones habituales pueden no considerarse salario. Para que esto ocurra, tanto empleador como empleado deben pactarlo y disponerlo expresamente.
No olvides esto cuando diseñes un contrato laboral y le propongas una oferta de trabajo a un nuevo colaborador.
¿Los viáticos son pagos que no constituyen salario?
Como explica Actualícese, generalmente los viáticos accidentales, aquellos que se entregan de forma extraordinaria y no habitual, son pagos no constitutivos de salario.
Por ello, no se deben tener en cuenta a la hora de realizar la liquidación de las prestaciones sociales, ni tampoco como base de cotización para realizar los aportes a la seguridad social.
Existe un escenario donde sí son parte del salario: cuando se entregan de forma permanente, por ejemplo, si el colaborador debe viajar de forma periódica.
Para el cálculo, se tiene en cuenta la manutención y el alojamiento, pero no los medios de transporte o gastos de representación.
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¿Las propinas son pagos que constituyen salario?
Nunca. Las propinas no constituyen salario dado que son un valor que entrega el cliente directamente al trabajador.
Por lo tanto, según la ley, “no puede pactarse como retribución del servicio prestado por el trabajador”. Por ello, las propinas no hacen parte del cálculo para pagar prestaciones sociales u otros requisitos que conlleva el salario.
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Aprovecha esta información sobre los pagos no salariales
Ahora que conoces los diferentes pagos que no constituyen salario, busca la mejor forma de aprovechar estas figuras para entregarle un pago justo a tus colaboradores, pero sin agregar presión a las finanzas de tu empresa.